Notas sobre la expedición y rectificación de facturas ante el cambio en tipos de iva

  • Ø Expedición de la factura en fecha distinta a la realización de las operaciones.-
Si la fecha de realización de las operaciones (generalmente fecha de devengo), es anterior al 1 de Septiembre, se aplicará el tipo vigente a la fecha de devengo (8% ó 18%), haciendo constar en la factura ambas fechas.
Ejemplo:
Fecha de realización de la operación: 30 de Agosto de 2012
Fecha de expedición de la factura: 15 de Septiembre de 2012
Se aplicará el tipo vigente a la fecha de realización (8% ó 18%), haciendo constar en la factura ambas fechas.
En cualquier caso hay que tener en cuenta la norma que regula los distintos plazos de expedición y envío de las facturas en función de la condición del destinatario o de la naturaleza de las operaciones:
El cuadro siguiente resume los distintos plazos de expedición y envío de las facturas en
función de la condición del destinatario o de la naturaleza de las operaciones:

PLAZO DE EXPEDICIÓN

PLAZO DE ENVÍO

Destinatario no empresario o profesional

Al realizar la operación

Al realizar la operación

Destinatario empresario o profesional

Un mes desde la realización

de la operación (1)
Un mes desde su expedición

Facturas que agrupan las operaciones
mensuales correspondientes a un mismo
destinatario
Destinatario no empresario o profesional

Como máximo, último día

del mes natural en que se
realicen las operaciones (1)
En el momento de expedición

Destinatario empresario o profesional

Un mes desde el último día

del mes natural anterior (1)
Un mes desde su expedición

(1) En todo caso, deberán ser expedidas antes del día 16 del mes siguiente al período de liquidación.
  • Ø Pagos anticipados anteriores al 1 de septiembre de 2012.-
Se aplica el tipo en el momento del abono efectivo del pago anticipado sin que sea rectificado aunque la operación a que corresponda se realice a partir del 1 de Septiembre de 2012. Esto requiere que los bienes o servicios a que corresponda la operación estén identificados con precisión cuando se efectúe el pago a cuenta.
Ejemplo:
Fecha de contrato de venta: 30 de Julio de 2012. Importe 20.000 €
Fecha de pago del anticipo: 30 de Julio de 2012 por 5.000 € tipo (8% ó 18%)
Fecha de entrega del bien y expedición de la factura: 15 de Septiembre de 2012
Se aplicará el nuevo tipo por importe del resto de la Base de 15.000 € (10% ó 21%).
  • Ø Descuentos posteriores a la realización de la operación. Corrección de errores.-
En general, cualquier rectificación en una factura debida a un error, devolución o cualquier otra circunstancia por la cual se modifique la base imponible, se aplicará el tipo impositivo vigente en el momento de realización de la operación a que se refiera.
Si el descuento deriva del volumen de ventas (rappel) de un determinado periodo, que puede comprender operaciones al 18% y al 21%, se modificará la base y la cuota del iva considerando la parte del año a que corresponda las operaciones que dan lugar al descuento, aplicando a cada periodo el tipo que estuviera vigente.
Ejemplo: descuento posterior a la realización de operaciones
En Julio de 2012 se adquiere un producto por importe de 10.000 €, aplicando el tipo impositivo del 18%.
En el mes de octubre de 2012 nos otorgan un descuento del 10% debido a que el producto tenía defectos, se aplicara al descuento el tipo del 18%, el vigente en julio de 2012.
Ejemplo: descuento por volumen de ventas (Rappel)
A un determinado cliente le realizamos un descuento por volumen de ventas del ejercicio anterior del 2%.
Ventas realizadas durante el ejercicio 2012:
20.000 € de base al tipo 18%
10.000 € de base al tipo 21%
El descuento por el rappel sería:
400 € de base al tipo 18%
200 € de base al tipo 21%